Anexo 1
POLITICA DE CADENA DE CUSTODIA Y SISTEMA DE DILIGENCIA DEBIDA DE SUTEGA S.L.
La empresa Suministros Técnicos Galicia S.L. desarrolla su actividad de venta y la gestión de la distribución y montaje de mobiliario y equipamiento asociado, comprometiéndose a suministrar productos que satisfagan los requerimientos de calidad acordados con el cliente, incluyendo los requisitos legales y reglamentarios, además de los exigidos por la propia empresa estableciendo para ello relaciones mutuamente beneficiosas con sus proveedores, así como de prevención de la contaminación.
A través de la implantación del Sistema de Cadena de Custodia (CDC) de acuerdo con la normativa de los organismos certificadores de referencia PEFC y FSC® y de la implantación de un Sistema de Diligencia Debida (SDD), minimiza el riesgo de que la madera haya sido aprovechada en incumplimiento de la legislación aplicable en el país de origen.
El objetivo de la adhesión a estos sistemas es proporcionar a los clientes información precisa y verificable sobre los productos, garantizando que proceden de bosques gestionados de manera sostenible, respectando al máximo posible nuestro entorno. Con esta política, SUTEGA declara no estar directa ni indirectamente involucrada en las siguientes actividades:
- Tala ilegal o comercio ilegal de madera o productos forestales
- Violaciones de derechos humanos o tradicionales en las operaciones forestales
- Destrucción de altos valores de conservación en operaciones forestales
- Conversión significativa de bosques en plantaciones o usos no forestales
- Introducción de organismos modificados genéticamente en las operaciones forestales
- Violación de alguna de las convenciones principales de la OIT
SUTEGA se compromete a prestar la debida atención a lo derechos y obligaciones establecidos por las leyes
nacionales de aplicación, marcándose los siguientes objetivos:
- No emplear a trabajadores menores de la edad mínima estipulada en el artículo 6 “Trabajo de los
menores” del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto
refundido de la ley del Estatuto de los Trabajadores. - No utilizar el trabajo forzoso u obligatorio
o Las relaciones de empleo son voluntarias y se basan en el consentimiento mutuo, sin amenaza
o No existe ni han existido prácticas de nigún tipo que indiquen trabajo forzoso, como violencia
física o sexual, trabajo en condiciones de servidumbre, retención de salarios, restricciones de
movilidad, retención de documentos o amenazas de denuncia a las autoridades. - Cerciorarse de que no exista discriminación en el empleo y la ocupación, asegurando que no existan
diferencias salariales para mismo puesto y misma experiencia, que exista una participación equilibrada
en cuanto a género y edad en las posiciones de poder y toma de decisiones de la organización y velar
por las mismas oportunidades de promoción. - Establecer mecanismos confidenciales y eficaces para denunciar y eliminar los casos de acoso sexual,
discriminación por sexo, estado civil, maternidad/paternidad, orientación sexual, aplicando la normativa
vigente relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la
Unión. - No impedir a los trabajadores asociarse libremente y el derecho a la negociación colectiva, garantizando
en todo momento:
o El derecho de los trabajores a crear o unirse a organizaciones de trabajadores.
o La plena libertad de las organizaciones de trabajadores para redactar sus propias constituciones
y normas.
o El derecho de dedicarse a actividades legales relacionadas con la creación, afiliación o
asistencia a la organización de trabajadores, o abstenerse de hacerlo y no discriminar ni
castigar por ejecer estos derechos.
o La negociacion con las organizaciones de trabajores legalmente establecidas. - Cumplir con la legislación referida a seguridad y salud laboral en todos los ámbitos de la organización
- Formación a sus trabajadores sobre la normativa en Cadena de Custodia y los sistemas de certificación
FSC/PEFC
La Política de CDC y SDD se comunica a todo el personal de esta empresa, y está disponible a todos los
proveedores y clientes, así como a todas las partes interesadas, para su conocimiento, comprensión y
cumplimiento. Además esta Política se revisa, analizándola y actualizándola para su continua adecuación.
A fin de conseguir el cumplimiento por todo el personal de lo establecido en este Sistema y lograr
plenamente sus objetivos, la Dirección de la empresa apoya e impulsa en su totalidad dicho Sistema y otorga la
autoridad necesaria al Responsable de CDC y SDD para asegurar que se establecen, implantan y mantengan los
procesos necesarios para el Sistema, alcanzando el adecuado nivel de eficacia.
La Dirección requiere a todo el personal para que en el desempeño de sus actividades, cumplan positivamente
este compromiso adquirido, participando todos y cada uno de acuerdo con la responsabilidad y autoridad que le
correspondan según su puesto en la organización de la empresa.
La Dirección,
14/01/2022